¿Cuáles son las obligaciones de los prestadores de servicios especializados ante el Infonavit en materia de subcontratación?

¿Qué acciones deben llevar a cabo?
 

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) da a conocer a través de su portal las reglas de carácter general en materia de subcontratación.

Derivado de las reformas publicadas el 23 de abril de 2021 en el Diario Oficial de La Federación, en particular en el artículo 8.o transitorio de la Reforma, se establece un plazo de sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para que el Infonavit expida las reglas para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para los prestadores de servicios especializados, consistentes en proporcionar al Infonavit cuatrimestralmente, a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, la información de los contratos celebrados en el periodo correspondiente.

El cumplimiento de esta obligación se realizará mediante el Sistema de Información de Subcontratación, referido en nuestro Flash: Infonavit - Sistema de Información de Subcontratación (SISUB)

La persona física o moral que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras especializadas con una empresa que incumpla sus obligaciones ante el Infonavit será responsable solidaria en relación con los trabajadores designados para ejecutar dichas obras.

La finalidad de las reglas emitidas es dar a conocer los procedimientos para el cumplimiento de la reforma laboral en materia de prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.

La información será presentada a través del sistema SISUB que estará disponible en el portal empresarial del Infonavit, en el menú Mis Trámites. En dicho sistema, en el registro patronal principal de la compañía, se reportará la información de contratos celebrados por el patrón, de todos sus registros patronales, incluyendo número de contrato, tipo, objeto, monto, número estimado de trabajadores, así como el contrato en formato PDF.

Adicionalmente, los sujetos obligados deberán proporcionar el monto de las aportaciones y entero de descuentos correspondientes a los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios al amparo del contrato correspondiente.

Dicha información será de aquellos trabajadores que se pongan a disposición del beneficiario y que estén vinculados al número de registro patronal, señalando su número de Seguridad Social y el domicilio del centro de trabajo donde preste los servicios.

Se deberá adjuntar el documento en el que conste el registro otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El Instituto validará la información proporcionada y emitirá un acuse de aceptación o rechazo por cada contrato reportado.

El Infonavit  informará a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) el incumplimiento de los patrones de informar sobre los servicios especializados, así como el incumplimiento de las obligaciones en materia de aportaciones y entero del pago de los descuentos para la amortización de créditos de vivienda.

Es relevante tener identificados a los prestadores de servicios u obras especializadas a fin de monitorear el cumplimientos ante Infonavit y evitar ser considerados responsables solidarios de los incumplimientos, o que se retire a los proveedores de servicios especializados la autorización de la STPS y no se configure el cumplimiento de la reforma laboral (deducibilidad del gasto, acreditación del IVA) o se incurra en sanciones y responsabilidad solidaria ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Infonavit, entre otras.

Esta información puede consultarse en el portal electrónico del Infonavit, en la sección Patrones, Conoce tus pagos, Normas y reglamentos, o en la siguiente liga: Normas y reglamentos | Infonavit

Se incluye un glosario de términos como aportaciones, beneficiaria, contratos de servicios, descuentos, entre otros.
 

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México, se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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