12/08/2020

 

¿Qué actividades no esenciales están autorizadas para su reapertura?

¿A partir de cuándo se podrán reanudar los servicios?

¿Qué medidas deben cumplirse a partir de la reapertura?

 

 

El 11 de agosto de 2020, se publica en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero el acuerdo que autoriza la reapertura gradual de actividades no esenciales a partir del 12 de agosto, en cines, teatros, museos y albercas públicas, conforme a lo siguiente:

 

Medidas sanitarias

  • Uso obligatorio de cubrebocas, gel antibacterial, lavado de manos, sana distancia y limpieza de espacios y objetos
  • Podrán operar únicamente a 40% de la capacidad disponible en cines, teatros, museos, y a 30% las albercas públicas
  • Podrán incrementar su capacidad hasta en 40% los hoteles y restaurantes, sin que se permita aún el uso de espacios destinados a juegos infantiles y videojuegos
  • El personal de limpieza deberá utilizar guantes desechables y los empleados en general deben evitar el uso de joyería, accesorios y, en la medida de lo posible, la barba
  • Evitar el acceso de población que se considera vulnerable, por ejemplo: niños menores de 5 años, adultos mayores de 60 años, personas con enfermedades respiratorias, entre otras

 

Protocolos para la reapertura

Cines, teatros y museos:

  • Colocar un filtro de supervisión a la entrada de las salas para toma de temperatura y aplicación de gel antibacterial a los asistentes
  • Mantener el flujo de aire (puertas abiertas)
  • Indicar el sentido para entrar y retirarse del lugar, así como señalar los asientos que no deberán ocuparse para mantener la sana distancia
  • Fomentar la venta de boletos electrónicos

Albercas públicas:

  • Colocar un filtro de supervisión a la entrada de la alberca para toma de temperatura y aplicación de gel antibacterial a los asistentes
  • Uso obligatorio de cubrebocas, excepto cuando la persona realice la actividad
  • Indicar el sentido de carriles de manera alternada, así como de entrada y salida del lugar

 

Continúa la restricción de las actividades en bares, discotecas, casinos, centros nocturnos, cantinas, cervecerías, billares, salones de fiestas y eventos (bodas, XV años, graduaciones, congresos y similares).

Como siempre, el personal de la Práctica de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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