Síntesis Legal 13/2020

Síntesis Legal 13/2020

Resolución 003-2020 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que prorroga el plazo establecido en la Resolución 002-2020 de fecha 13 de mayo de 2020.

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Resolución 003-2020 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que prorroga el plazo establecido en la Resolución 002-2020 de fecha 13 de mayo de 2020

14 de mayo de 2020

Mediante Resolución 003-2020 de fecha 13 de mayo de 2020 la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, prórroga por 30 días continuos el plazo establecido en la Resolución 002-2020, dictada por la misma Sala en fecha 13 de abril de 2020, por cuanto persisten las circunstancias de orden social que ponen en riesgo la salud pública y la seguridad ciudadana ante los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (COVID-19), y, en consecuencia:

  • Ningún tribunal despachará desde el miércoles 13 de mayo de 2020 hasta el viernes 12 de junio de 2020, ambas fechas inclusive, por lo que las causas permanecerán suspendidas y no correrán los lapsos procesales.
  • La suspensión del periodo anteriormente mencionado no será efectiva para los casos en materia de amparo constitucional, por lo que los jueces estarán en obligación de tramitar y sentenciar dichos procesos, siendo aplicable esta disposición a las salas Constitucional y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, que deberán permanecer de guardia durante la duración del estado de contingencia.
  • Se mantendrá la continuidad del servicio público de administración de justicia en materia penal solo para asuntos urgentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 156 del Código Orgánico Procesal Penal.
  • Los magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), deberán mantener el quorum legal necesario durante el periodo de contingencia establecido en la Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
  • Las máximas autoridades de los Juzgados Nacionales en lo Contencioso Administrativo, en los Circuitos Judiciales Penales, Laborales, así como en los Circuitos Judiciales con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en Tribunales con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, deberán adoptar las medidas conducentes a garantizar el oportuno acceso a la Justicia en dichas circunscripciones. 
  • La Comisión Judicial y la Inspectoría General de Tribunales, deberán atender con celeridad todo reclamo que se formule en relación con lo dispuesto en la Resolución 003-2020, por lo que deberán establecer un sistema de guardias a fines de ejecutar sus respectivas labores de coordinación, inspección y vigilancia, priorizando el uso de medios electrónicos y páginas web oficiales.
  • Se establece el uso obligatorio de guantes y tapabocas en todas las sedes judiciales del país, por lo cual todos los jueces y funcionarios del Poder Judicial deberán tomar las medidas sanitarias correspondientes en la ejecución de sus actividades.

Por último, se ordena la publicación de la Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, haciendo la salvedad de que dichas publicaciones no condicionarán la vigencia del mencionado instrumento.

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