Síntesis Legal 1/2019

Síntesis Legal 1/2019

Determinación y pago de obligaciones tributarias en moneda extranjera o criptodivisas por las operaciones realizadas con las mismas

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10 de enero de 2019

En la Gaceta Oficial N° 6.420 Extraordinario de la República Bolivariana de Venezuela del 28 de diciembre de 2018, fue publicado el Decreto N° 3.719 mediante el cual quedó establecido que los sujetos pasivos que realicen operaciones en el Territorio Nacional en moneda extranjera o criptodivisas, autorizadas por la Ley, que constituyan hechos imponibles generadores de tributos nacionales, deberán determinar y pagar las obligaciones tributarias (tributo, accesorios y sanciones) en moneda extranjera o criptodivisas, según corresponda.

La Administración Tributaria en el ejercicio de sus atribuciones, será la encargada de dictar la normativa que establezca las formalidades para la declaración y pago de moneda extranjera o criptodivisas.

Adicionalmente, el Decreto consagra que en caso de proceder la repetición de pago, recuperación o devolución de los tributos nacionales, se realizará en moneda nacional, al tipo de cambio oficial vigente para la fecha del pago del tributo o registro de la declaración de aduana, según sea el caso y conforme al procedimiento establecido en las normas que regulan la materia.

El Decreto en cuestión prevé además que la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario en el ejercicio de sus atribuciones, se encargará de dictar las normas que regirán las adecuaciones que deban ser realizadas en las instituciones que se encuentran bajo el ámbito de su supervisión, a los fines de la ejecución de la normativa en referencia.

De las anteriores disposiciones, quedan exceptuadas todas aquellas operaciones de títulos valores negociados en la Bolsa de Valores y la exportación de bienes y servicios, realizadas por órganos o entes públicos.

El Decreto N° 3.719 entró en vigencia desde su publicación en la Gaceta Oficial, quedando encargado de su ejecución el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas.

 

 

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