Síntesis Legal #22-2016

Síntesis Legal #22-2016

Normativa Legal

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Ajuste del pago del Cestaticket Socialista decretado por el Ejecutivo Nacional

Mediante Decreto N° 2.308 de fecha 29 de abril de 2016, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.893 de la misma fecha, se ajusta el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, a tres y media Unidades Tributarias (3,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a ciento cinco Unidades Tributarias (105 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras.

Lo dispuesto en esta norma es de obligatorio cumplimiento por parte de los empleadores de todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela; por lo tanto, las entidades de trabajo del sector público y privado ajustarán de conformidad a lo establecido en este Decreto, el beneficio de Alimentación a todos los trabajadores a su servicio.

El presente Decreto entró en vigencia a partir del 1° de mayo de 2016. 

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