Se encuentran disponibles en la web de DGI los formularios asistidos para la presentación de la DJ del IRPF.
Por las rentas que involucra y su número de contribuyentes, se trata de un impuesto que abarca considerables variables, por lo cual es necesario saber cuándo una persona está obligada a presentar su Declaración Jurada (DJ).
El IRPF es un impuesto anual en el cual se prevé la presentación de una DJ al finalizar el ejercicio. Sin embargo, dadas las retenciones previstas en el impuesto, existen casos en los que no tiene sentido la presentación de la declaración, por lo que se exime de tal obligación a los dependientes que no hayan optado por la reducción en las retenciones del 5% por Núcleo Familiar y verifiquen alguna de las siguientes situaciones:
Estarán obligados a presentar quienes hayan obtenido incrementos patrimoniales y/o rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario, siempre que no hayan sido objeto de retención.
Es así que, aquellos contribuyentes que hayan sido objeto de retención por sus rentas de capital o hayan realizado los correspondientes anticipos por arrendamientos de inmuebles, quedarán librados de presentar la declaración para dichas rentas únicamente.
Es importante recordar que para los incrementos patrimoniales, los agentes de retención actúan en contadas ocasiones (principalmente escribanos y rematadores), por lo cual es el contribuyente quien deberá presentar la declaración y cancelar el impuesto en caso de corresponder.
© 2021 KPMG Sociedad Civil, sociedad civil uruguaya y firma miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados.