¿Cuáles son los criterios relevantes en las inspecciones a empresas dedicadas a la agroindustria?

El 14 de noviembre de 2022 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el cual se establecen los criterios mediante los cuales se desahogarán las inspecciones de trabajo en materia de subcontratación en la agroindustria de exportación”, en el cual se delimitan las actividades y criterios que son utilizados por la autoridad laboral para considerar que una prestación de servicios en la agroindustria será calificada como especializada.

En virtud de lo anterior, las personas físicas o morales que se dediquen a prestar servicios especializados referentes a corte, cosecha, empaque y distribución de frutos deberán revisar los contratos de servicios especializados que se tengan celebrados, así como el registro ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Lo anterior, con el objetivo de que los documentos y la operación se encuentren adecuados a los criterios emitidos por la STPS.

¿En qué momento entra en vigor el acuerdo publicado?

El acuerdo entra en vigor el día 15 de noviembre de 2022, por lo cual es de extrema importancia que las empresas de la industria revisen y adecuen la documentación, así como la operación de conformidad con los criterios de la autoridad, ya que la STPS tendrá la facultad de sancionar a las empresas que no cumplan con el acuerdo publicado.

Por otro lado, se estableció que dicha entidad tendrá la obligación de efectuar dentro de los siguientes 90 días visitas de inspección a las empresas de este giro comercial con el objetivo de constatar el acatamiento del acuerdo publicado.

En tal virtud, las empresas que no cumplan con los criterios emitidos por la autoridad a partir del 15 de noviembre de 2022 podrán ser sancionadas por la STPS con una multa de MXN 192,400 a MXN 4,811,000, por lo que se recomienda la revisión y adaptación de documentación y servicios en la agroindustria. 

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas. 

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