El pasado 22 de agosto de 2022, mediante el comunicado 038/2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo para la no aplicación de multas y sanciones, en caso de que las facturas electrónicas con complemento carta porte se emitan sin cumplir con todos los requisitos aplicables.

Asimismo, señala que el objetivo es que el sector de transporte se adapte al uso de dicha factura, además de continuar incentivando la reactivación económica.

Como siempre, el personal de la Práctica de Impuestos y Legal de KPMG en México está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.

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