¿Cuáles son las modificaciones al Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (Sideimss)?

¿Qué información patronal y de los trabajadores se debe presentar?

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informa en su portal de internet sobre la nueva versión del Manual del Usuario del Sideimss V.7.0., entre las cuales destacan las siguientes:

Anexos actualizados

Prestación de servicios de personal y subcontratación de personal

Se adiciona el que los patrones deben presentar información relacionada con los servicios que se otorgan o contratan y que requieran la obtención del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (Repse), así como de la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (Icsoe).

La información a reportar en este anexo también requiere la captura de los trabajadores que forman parte del contrato registrado ante el Repse e Icsoe, entre otros; salario base de cotización, fecha de ingreso y días trabajados o pagados.
 

Obras de construcción

Se adiciona el que los patrones deben presentar información relacionada con el folio y fecha del registro Repse e Icsoe, así como la actividad económica especializada que se hubiese reportado y datos del contrato.

En el caso de los trabajadores que participan del servicio reportado se deben incluir los campos: registro federal de contribuyentes, Clave Única de Registro de Población, salario base de cotización, entre otros.

Anexos adicionados

Patrón de ejecución de obra especializada

Proporcionar información por el registro de obras de construcción de los patrones que prestan servicios de ejecución de obra especializada con relación de las obras de construcción ejecutadas y en proceso durante el ejercicio dictaminado, aunque hubieran sido concluidas, suspendidas o canceladas, o, en su caso, informar del avance de las obras en las que intervino, así como la lista de trabajadores que intervinieron.

Los patrones deben analizar el impacto de esta actualización en la información a reportar en los anexos del dictamen ante el IMSS, considerando que estas modificaciones surten efectos a partir del 1 de enero de 2022 y serán aplicables a la presentación del dictamen del ejercicio 2021, su consulta puede realizarse a través de la siguiente liga:
http://www.imss.gob.mx/sideimss/materiales

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

Lo más reciente