22/09/2020

 

¿Qué patrones podrán tramitar este distintivo?

¿Cuál es su objetivo y qué requisitos deben cumplirse?

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informa el proceso por el cual los centros laborales pueden obtener el distintivo de seguridad sanitaria en materia de implementación de medidas de seguridad sanitaria en torno a la prevención del virus SARS-CoV-2.

Este distintivo podrá solicitarse por todos los patrones afiliados al seguro social, independientemente de si su actividad es esencial o no esencial.

 

Requisitos

Para cada centro laboral:

  • Registrar al centro laboral en la plataforma “nueva normalidad” dentro del portal del IMSS, en la siguiente liga: http://nuevanormalidad.gob.mx/
  • Promover la formación de monitores dentro de cada centro de trabajo. Un monitor es aquel empleado que debe capacitarse tomando el curso “formación de monitores para el retorno saludable” en la plataforma CLIMSS (plataforma gratuita que ofrece cursos en línea por parte del IMSS), en la siguiente liga: https://climss.imss.gob.mx/
  • Elaborar el protocolo de seguridad sanitaria de acuerdo con lo aprendido en el curso
  • Concluido lo anterior, se podrá seleccionar el centro laboral para el cual se emitirá el distintivo de seguridad sanitaria. Se requiere asociar el número de registro patronal, folio obtenido en CLIMSS y el número de seguridad social del empleado asignado como monitor a ese centro laboral

Posteriormente, se podrá descargar el distintivo por cada centro de trabajo, el cual permitirá dar a conocer a la población que se trata de un centro laboral que da seguimiento a las medidas de seguridad sanitaria.

 

Como siempre, el personal de la Práctica de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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