26/05/2020

 

¿Qué sectores económicos se contemplan para la reactivación económica en la Ciudad de México, el Estado de México y Jalisco?

 

¿Qué protocolos de sanidad serán necesarios para iniciar operaciones?

 

Ciudad de México

El 20 de mayo de 2020, el Gobierno de la Ciudad de México (CDMX) informa en sus redes sociales el plan gradual hacia la nueva normalidad, el cual se llevará a cabo considerando el siguiente semáforo epidemiológico:

  • Rojo: ocupación de la capacidad hospitalaria en la CDMX mayor a 65% o dos semanas de incremento estable
  • Naranja: ocupación hospitalaria menor a 65% y dos semanas de tendencia a la baja
  • Amarillo: ocupación hospitalaria menor a 50% y dos semanas de tendencia a la baja
  • Verde: ocupación hospitalaria menor a 50%; al menos un mes con ocupación baja estable

 

Se prevé que la CDMX se mantenga en semáforo rojo por lo menos hasta el 15 de junio, considerando las siguientes actividades como esenciales:

  • Actividades que no cerraron:  servicios de salud, logística y otros servicios de transporte, sector primario (agricultura y ganadería), comercio de abarrotes, alimentos y artículos no esenciales, comercio digital por aplicaciones
  • Actividades que se adicionan como esenciales: construcción, minería, fabricación de equipo de transporte, venta de bicicletas y producción de cerveza, así como sus cadenas de producción

 

Otros sectores que se consideran para la operación con semáforo rojo son:

  • Gobierno, instituciones de Justicia y Legislativas por medio de videoconferencias
  • La educación básica, media superior y superior mantendrá la impartición a distancia
  • Espacios públicos como parques y el transporte; a 30% de su capacidad de aforo

Las personas vulnerables deberán permanecer en aislamiento.

 

Medidas de salud pública:

  • Uso de cubre bocas
  • Limpieza de manos, uso de gel antibacterial y “estornudo de etiqueta”
  • Sana distancia de por lo menos 1.5 metros entre personas
  • Limpieza de las áreas de trabajo y desinfección de superficies con alto nivel de contacto

 

Conforme se actualice el semáforo epidemiológico mediante comunicados y publicaciones por parte del Gobierno de la CDMX, se estarán permitiendo otras actividades no esenciales, considerando inicialmente lo siguiente:

  • Horarios de trabajo y de servicios en forma escalonada
  • Implementación de protocoles que garanticen la salud pública
  • Gobierno digital
  • Cuidado y censo de personas vulnerables

 

Esta información puede consultarse en la siguiente liga:

Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México

 

Jalisco

 

El 17 de mayo de 2020, el Secretario de Salud, así como el de Trabajo y Previsión Social del Estado de Jalisco publicaron en el periódico oficial del Estado, el Acuerdo que emite lineamientos generales de seguridad e higiene en el entorno laboral para la reactivación económica, en seguimiento del Plan Jalisco para la reactivación económica para la fase 0 y fase 1.

 

Fase 0 - Preparación para la reactivación

  • Implementar protocolos sanitarios y elaboración del diagnóstico situacional de seguridad y salud en el trabajo
  • Proporcionar equipo de protección al personal según corresponda el nivel de riesgo, así como aplicar un cuestionario de situación de riesgo a cada uno
  • Adecuar los espacios y procesos productivos y de trabajo a fin de mantener una sana distancia, garantizando una separación mínima de 1.5 a 2.25 metros, conforme al protocolo sanitario específico, así como informar y capacitar a la fuerza laboral sobre las medidas a adoptar
  • Determinar al personal esencial para operar, separando a los equipos de trabajo de una misma área por días, jornadas, horarios escalonados/flexibles, para el desarrollo del trabajo y áreas comunes (comedor, descansos, etc.), así como establecer quienes, por sus funciones, deberán trabajar desde casa, y garantizar el resguardo domiciliario obligatorio de los grupos vulnerables
  • Implementar filtros de ingreso, sanitización e higiene del área laboral

El cumplimiento de la fase 0 deberá registrarse en el Sistema Integral para la Reactivación Económica (SIRA); si la determinación de las autoridades es positiva, se entregará un distintivo que permita la reapertura del centro de trabajo.

Las autoridades municipales, así como las Secretarías de Desarrollo Económico, de Trabajo y Previsión Social de Jalisco, indistintamente, podrán visitar el domicilio del establecimiento para llevar a cabo la validación del cumplimiento de las medidas sanitarias, lineamientos generales y la implementación del protocolo sanitario específico.

 

Fase 1 - Reactivación

Se requiere haber obtenido el distintivo de reapertura y llevar a cabo la supervisión de lo siguiente:

  • Filtros en las zonas de ingreso para asegurarse de contar con medidas sanitarias y evaluar que los trabajadores no representen un riesgo potencial de contagio, con las siguientes acciones:

                        o Aplicación de gel antibacterial, tomar temperatura, cuestionario sobre síntomas con relación a COVID-19, en adición a las medidas aplicables a su actividad o giro

                        o Disponibilidad para lavado de manos, desinfección, bote de basura con tapa, termómetro y cubre bocas para el personal

                        o El diagnóstico situacional de seguridad y salud en el trabajo deberá mantenerse actualizado

  • Equipo obligatorio de protección sanitaria y cumplimiento de las medidas de higiene
  • Limpieza y desinfección de las áreas de trabajo de acuerdo con la periodicidad en que estas se encuentren ocupadas
  • El uso de elevadores deberá ser máximo para cuatro personas
  • Vehículos utilitarios se limpiarán diariamente; deberán contar con gel antibacterial, así como soluciones desinfectantes
  • Los comercios deberán promover las compras en línea y el pago con medios electrónicos, agendar citas para atender al público usuario, y reducir los puntos de contacto

 

Se considera de vital importancia la instalación y el correcto funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, ya que por medio de esta se levantarán las actas correspondientes que darán fe de la implementación de dichos protocolos.

 

Esta información puede consultarse en la siguiente liga:

Lineamientos generales de seguridad e higiene en el entorno laboral

 

Estado de México

El Estado de México público en su periódico oficial, el Acuerdo por el que se establece el plan para el regreso seguro a las actividades económicas, sociales, gubernamentales y educativas con motivo de COVID-19, el cual considera lo siguiente:

  • Seguimiento al sistema de semáforos establecidos por la Secretaría de Salud (acuerdo publicado el 14 y 15 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación), en conjunto con el mantenimiento de las medidas de prevención e higiene emitidas por las autoridades sanitarias
  • Las medidas preventivas y de seguridad para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica COVID-19 (acuerdo publicado el 22 de abril de 2020 en el periódico oficial del Estado de México)
  • Evolución del riesgo sanitario en las cuatro regiones que comprenden el Estado de México: Zona Metropolitana Valle de México, Valle de Toluca, Zona Norte y Zona Sur

 

La reapertura de las actividades atenderá aspectos de la economía, espacios públicos, población vulnerable, actividades gubernamentales y la educación, a su vez, el regreso gradual a las actividades no esenciales se determinará por región, contribución a la economía de las familias mexiquenses y el nivel de riesgo sanitario que determine la autoridad, considerando el siguiente sistema de semáforos:

  • Riesgo máximo rojo: actividades esenciales y las nuevas actividades esenciales (construcción, minería y fabricación de equipo de transporte) podrán operar incluso antes del 1.o de junio de 2020, ateniendo a las medidas sanitarias y de protección
  • Riesgo alto naranja: se adicionan las siguientes actividades no esenciales: industria manufacturera, comercio al por mayor y al por menor, espacios de venta de alimentos preparados, servicio de hospedaje al público en general, estacionamientos, centros y plazas comerciales; en todos los casos se limita el aforo de personas a 30% de su capacidad, procurando el uso de cubre bocas
  • Riesgo intermedio amarillo: serán las determinadas como esenciales y las nuevas actividades esenciales, así como las actividades no esenciales mencionadas en el semáforo naranja, siendo que podrán aumentar su aforo a 60% y se adicionan las siguientes operaciones: corporativos y servicios profesionales, científicos y técnicos,  salones de belleza, peluquerías, barberías o similares, lavanderías, mantenimiento y reparaciones mecánicas; en todos los casos procurando el uso de cubre bocas
  • Riesgo bajo verde: todas las actividades previstas en los párrafos anteriores sin limitación de aforo; el resto de las actividades no contempladas anteriormente podrán reiniciar operaciones sin restricción de aforo siempre y cuando se observen las medidas de prevención e higiene que determine la autoridad sanitaria y se mantiene el uso de cubre bocas

                                    

Lineamientos sanitarios por tamaño de empresa

Las empresas que tengan permitido realizar actividades conforme al presente acuerdo deberán observar, adicionalmente, las siguientes medidas sanitarias:

  • Microempresas (fuerza laboral de 0 a 10 personas): uso de cubre bocas, caretas de plástico, lavado de manos frecuente, gel antibacterial, limpieza y desinfección frecuente, barreras físicas para evitar el contacto, ventilación, suspensión de actividades a cualquier persona que presente síntomas de enfermedad respiratoria
  • Pequeñas empresas (fuerza laboral de 11 a 50 personas): las previstas anteriormente y observar las disposiciones de retorno seguro al trabajo elaboradas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
  • Medianas empresas (fuerza laboral de 51 a 250 personas): las previstas anteriormente y la autoevaluación en el cumplimiento de las disposiciones de retorno seguro al trabajo elaboradas por el IMSS
  • Grandes empresas (fuerza laboral de más de 250 personas): las previstas anteriormente y contar con los protocolos de operación segura y procurar el cuidado de salud de todo el personal y fomentarlo en el personal de toda su cadena de suministros

 

Población vulnerable: el retorno físico de dicha población se dará hasta que el semáforo se encuentre en etapa de riesgo bajo verde.

Asimismo, se extienden diversas medidas de sanitización, sana distancia y cubre bocas obligatorio, las cuales deberán atender las actividades relacionadas al transporte público, Gobierno y educación.

 

 

El presente acuerdo entró en vigor el día 20 de mayo de 2020.

 

Como siempre, el personal de la Práctica de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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