La productividad de la fuerza laboral vinculada al correcto conocimiento y uso de la tecnología y las telecomunicaciones constituye un cambio de paradigma en las relaciones profesionales, lo que se traduce en una transformación de la oferta laboral, así como la creación de nuevos empleos en ámbitos de la nanotecnología, inteligencia artificial, big data, entre otros.
Además del conocimiento técnico de estas nuevas profesiones, se requieren competencias vinculadas al entendimiento e interacción con las tecnologías de la información. Asimismo, las formas de trabajo se transforman, ya que no necesariamente el empleo es presencial, sino virtual, ya sea una reunión de trabajo o sesión de capacitación mediante la tecnología, es igualmente válido.
En este contexto, el uso de correo electrónico, redes sociales, bases de datos, programación, entre otras, impactan las relaciones de trabajo y, más aún cuando no es necesaria la presencia del colaborador en las instalaciones de la empresa; esta dinámica genera una nueva realidad laboral.
Las nuevas relaciones de trabajo crean circunstancias distintas como la prestación de servicios mediante el uso de tecnologías de la información, esto hace inminente que la legislación laboral en México se transforme y reconozca que las condiciones de trabajo cambian, dado que un trabajo no es total o parcialmente presencial.
Esta forma de empleo la identificamos como “trabajo a distancia” o “teletrabajo” que se caracteriza por:
No obstante, recientemente fue aprobado por la Cámara de Senadores, el “Dictamen por el que se reforma el artículo 311 y adicionalmente el capítulo XII bis de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo”, mediante el cual se prevé una regulación específica sobre estas nuevas modalidades de empleo, en que los convenios deben cubrir aspectos vinculados con las condiciones del servicio, medios tecnológicos y ambiente requerido para su correcto desarrollo, así como condiciones de tiempo y lugar para su ejecución, responsabilidades en la custodia de equipos, programas y manejo de información, procedimiento de solicitud, supervisión y entrega de trabajo, medidas de seguridad informática, productividad, seguridad y salud del colaborador.
Tomando en cuenta la nueva legislación laboral, existen cinco aspectos clave que deben ser consistentes al rediseñar los pactos laborales:
Si bien esta reforma se encuentra en proceso legislativo y carece aún de efectividad, ya que no se ha publicado, es necesario que tanto colaboradores como empresas reconozcan la necesidad de reconfigurar los convenios laborales desde este momento.