NewsFlash: Actualización Criterios Objetivos de Selección de Contribuyentes para Fiscalización

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Este boletín se basa en la actualización de leyes, reglamentos y criterios de las autoridades.

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Actualización Criterios Objetivos de Selección de Contribuyentes para Fiscalización

Mediante el Decreto Ejecutivo número 43388-H publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 14 del día de hoy, se divulgan diversas modificaciones, adiciones y derogatorias aplicables al Decreto Ejecutivo número 25925-H del 13 de marzo de 1997 y sus reformas denominado “Reglamento sobre Criterios Objetivos de selección de contribuyentes para su fiscalización”, las cuales empezarán a aplicar a partir de esta publicación.

 

Como parte de estas disposiciones se modifica en su lectura el artículo 1 del mencionado reglamento estableciendo que todos los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales (“GCN”) -definidos de esta manera según la Dirección General de Tributación (“DGT”) pueden ser seleccionados para ser fiscalizados cuando así lo defina la Administración Tributaria.

 

Asimismo, podrán ser fiscalizados quienes incumplan con el suministro adecuado de los requerimientos de información realizados por la Administración Tributaria.

 

Por medio del inciso m) del artículo 1 se hace referencia a la posibilidad de fundamentar su fiscalización sobre aquellos sujetos que estuvieran vinculados con sujetos pasivos que sean objeto de actuaciones fiscalizadoras; efectos para los cuales, es importante tomar en cuenta las delimitaciones relacionadas con el concepto de personas, entidades o partes relacionadas con el fin de comprender a cabalidad su aplicación.

 

Adicionalmente se agrega en este artículo 1 para efectos de la selección de los contribuyentes para su fiscalización que la DGT podrá fundamentarse según el inciso m) en la “manifestación de signos de riqueza sin renta conocida”.

 

Finalmente se derogan los incisos l), n) y p) del artículo en mención, los cuales hacen referencia a aquellos sujetos que hubieren revaluado sus activos para el periodo 2000 del Impuesto sobre las Utilidades haciendo uso de métodos diferentes a los establecidos por la DGT; intereses y gastos financieros deducidos; y sujetos comprendidos en clasificaciones específicas.

 

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