Moratoria en sanciones por omisión de declaración en Registro de Beneficiarios Finales

NewsFlash enero 28

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Moratoria en sanciones por omisión de declaración en Registro de Beneficiarios Finales

Recientemente, los diputados aprobaron en primer debate la moratoria de tres meses en las sanciones que puedan derivar por incumplimiento en el suministro de información del Registro de Transparencia y Beneficios Fiscales.

La moratoria no eximirá al obligado de realizar la declaración ordinaria del periodo 2019. En caso de que llegue a ser aprobada de forma definitiva, la aplicación de sanciones atenderá a los siguientes criterios:

a)     Durante los primeros dos meses no se aplicará ningún tipo de sanción por la no presentación de la declaración.

b)     Una multa pecuniaria proporcional del cincuenta por ciento (50%) de la sanción, en caso de presentar la declaración durante el tercer mes.

c)     En caso de no presentar la declaración, se aplicará la sanción que corresponda según el artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios de la Ley N.° 4755.

Se espera que el segundo debate se realice el día 3 de febrero del presente año.

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