Actualización de tramos del impuesto sobre la renta

Actualización de tramos del impuesto sobre la renta

El NewsFlash Tax&Legal se basa en la actualización de leyes residentes, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.

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Nuevo estatuto aduanero

El pasado 26 de setiembre de 2019, fueron publicados en el Diario Oficial La Gaceta los tramos de renta aplicables para el periodo fiscal 2020, cuyo ajuste fue de un 2.86%.

A continuación se pueden observar las modificaciones:

Tramos del impuesto sobre las utilidades

Personas jurídicas

Para el caso de personas jurídicas cuya renta bruta no supere la suma de ₡109.032.000, les aplicará los siguientes tramos:

Hasta ₡5.143.000,00 anuales.

 5%

Sobre el exceso de ₡5.143.000,00 anuales y hasta ₡7.715.000,00 anuales.

10%

Sobre el exceso de ₡7.715.000,00 anuales y hasta ₡10.286.000,00 anuales.

15%

Sobre el exceso de ₡10.286.000,00 anuales.

20%

Personas físicas

Hasta ₡3.732.000 anuales.

 No sujetos

Sobre el exceso de ₡3.732.000,00 anuales y hasta ₡5.573.000,00 anuales.

10%

Sobre el exceso de ₡5.573.000,00 anuales y hasta ₡9.296.000,00 anuales.

15%

Sobre el exceso de ₡9.296.000,00 anuales y hasta ₡18.631.000,00 anuales.

20%

Sobre el exceso de ₡9.296.000,00 anuales y hasta ₡18.631.000,00 anuales.

25%

Créditos fiscales para personas físicas

Por cada hijo

₡18.840,00 anuales

Por el conyugue

₡28.320,00 anuales


Tramos del impuesto al salario

Hasta ₡840.000,00 mensuales.

 No sujetos

Sobre el exceso de ₡840.000,00 mensuales y hasta ₡1.233.000,00 mensuales.

10%

Sobre el exceso de ₡1.233.000,00 mensuales y hasta ₡2.163.000,00 mensuales.

15%

Sobre el exceso de ₡2.163.000,00 mensuales y hasta ₡4.325.000,00 mensuales.

20%

Sobre el exceso de ₡4.325.000,00 mensuales.

25%


Créditos fiscales para personas físicas

Por cada hijo

₡1.570,00

Por el conyugue

₡2.360,00

Ley Marco del Contrato de Factoreo

El 30 de septiembre del 2019 entró en vigor la Ley N°9691, Marco del Contrato de Factoreo. A continuación se detallan las principales innovaciones establecidas en dicha normativa:

“Factoring” o Factoreo

 

Esta ley regula un contrato que en nuestra legislación era atípico; también es conocido como “factoring”, el cual es utilizado para la transferencia de derechos de crédito y cobro presentes o futuros mediante facturas comerciales y servicios.

 

 

 

Ejecutividad del monto adeudado en la factura

 

Se establece que el monto adeudado de una factura tendrá el carácter de título ejecutivo, cuando sean expedidas por un contador público autorizado al expedirse sobre la existencia de contrato o acto jurídico.

 

 

 

Autenticidad de la firma

 

Toda firma en el recibo de la factura como en otros documentos comerciales del negocio se presumirá autentica y realizada por la persona autorizada al efecto para ese fin, salvo prueba en contrario.

 

 

 

Uso alternativo de medios electrónicos

 

Se establece la posibilidad de transmitir los derechos de crédito y cobro, presentes y futuros por medios electrónicos, mediante firma digital.

 

 

 

Prescripción

 

Esta ley deroga el inciso e) del artículo 984 del Código de Comercio, el cual establecía un plazo de prescripción de un año para “las acciones derivadas de ventas al por mayor y al detalle a otros comerciantes o al consumidor directamente”. 

Esta derogatoria implica que a partir de la entrada en vigencia de la Ley, estas ventas al por mayor y al detalle estarán sujetas a la prescripción general, que es de cuatro años.

 

Registro de beneficiarios finales

En octubre se debe brindar toda la información de los beneficiarios finales ante el Banco Central de Costa Rica, para las cédulas jurídicas terminadas en 2 y 3.

De no cumplir con dichas obligaciones, el contribuyente corre el riesgo de incurrir en las sanciones estipuladas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Reglamento de Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

El Ministerio de Hacienda ha determinado que iniciará el cobro de la sanción económica hasta el 31 de enero de 2020.

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