Servicios de defensas tributarias

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Brindamos asesorías tributarias de excelencia en resolución de disputas y controversias.

Brindamos asesorías tributarias de excelencia en resolución de disputas y controversias.

Procesos de revisión por requerimientos de antecedentes practicados por el Servicio de Impuestos Internos

La entrega de información que, por distintos mecanismos requiere el Servicio de Impuestos Internos en uso de sus facultades de fiscalización, es un aspecto absolutamente relevante de la empresa, tanto para fines tributarios como parte de su política general.

En efecto, desde el punto de vista de la metodología para el desarrollo de una política de manejo y respaldo de información tributariamente relevante, se debe asumir que el diseño, implementación, evaluación y eventuales ajustes o cambios de la misma, deben entenderse insertos en el marco de la estrategia tributaria general de la compañía o grupo, la que a su vez es una parte de la política general, establecida por los órganos encargados de la alta dirección de la misma.

Desde la perspectiva exclusivamente tributaria, la disposición y entrega de información clara, oportuna y fidedigna a las autoridades fiscales produce relevantes efectos para la empresa, siendo muchas veces la diferencia entre la generación o no de contingencias.

La falta de respuesta a tiempo, obedece a múltiples causas y rara vez provienen de la simple renuencia a la entrega de información a la autoridad tributaria. Por una parte, es normal que las fuentes de información de la empresa estén estructuradas y destinadas de forma casi exclusiva a la entrega de información a la alta gerencia y a los propietarios.

No obstante ello, resulta crucial tener presente que dicha información en algún momento será o podrá ser requerida por la autoridad fiscal (o por otras autoridades), de modo que una adecuada gestión y preparación oportuna de la misma muchas veces será la diferencia entre la generación o no de una contingencia tributaria.

A lo anterior normalmente se suma el hecho de que existen en ciertos períodos múltiples y disímiles requerimientos de información simultáneos, de modo que el personal, normalmente escaso y dedicado también a otras tareas, tiene serios problemas para cumplirlos.

En este ámbito, se asesora al cliente en la forma y estrategia para dar una adecuada respuesta a los requerimientos de información que plantee el Servicio de Impuestos Internos, con ocasión de fiscalizaciones tanto masivas como selectivas, para que esta resulte eficiente para los intereses de la empresa, evitando la generación de contingencias relacionadas con la respuesta a las peticiones de la autoridad fiscal.

Además, en estos procesos se coordina con los equipos de impuesto de la empresa y se monitorea el procedimiento de revisión realizado por la autoridad tributaria, para cooperar con el proceso resguardando los derechos y garantías del cliente.

 

Citaciones en las que el Servicio de Impuestos Internos solicita rectificar, ampliar, aclarar o confirmar una declaración

Una citación de impuestos es uno los medios de fiscalización con que cuenta el Servicio de Impuestos Internos, puesto que mediante ella puede requerir al contribuyente para que presente una declaración omitida; o bien para que proceda a su verificación, aclaración o ampliación, todo ello derivado de los antecedentes que le sirven de fundamento al Servicio.

Desde el punto de vista del contribuyente, constituye una oportunidad formal para explicar la corrección de la determinación de impuestos declarada o bien para subsanar omisiones, o errores en que se hubiera podido incurrir respecto a la obligación de tener que efectuar declaraciones de impuestos.

En este contexto, nuestros servicios abarcan un completo análisis del cumplimiento de las exigencias legales que el Servicio de Impuestos Internos debe cumplir para emitir una citación y, a partir de ello, asesorar al cliente en la preparación de su respuesta y en la correcta acreditación de las partidas que han sido cuestionadas.

Al efecto, se debe considerar que con la actual regulación de las respuestas a las citaciones, la forma, el contenido y los antecedentes de respaldo que se presenten en esta etapa, generarán importantes consecuencias en el futuro para la empresa.

Ya que todos aquellos antecedentes que hayan sido solicitados específicamente por el Servicio de Impuestos Internos, que guardan relación con las operaciones fiscalizadas, y que no sean aportados sin causa justificada, no podrán ser usadas en el futuro como medio de prueba en un proceso de reclamación tributaria.

Finalmente, nuestro equipo se coordina con la empresa y con el equipo de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, monitoreando permanentemente el procedimiento de revisión, para resguardar adecuadamente los intereses del cliente.

 

Resoluciones que afectan el resultado tributario

El Servicio de Impuestos Internos en uso de sus facultades de fiscalización puede, en ocasiones, cuestionar el resultado de pérdida tributaria declarado por la empresa con ocasión de su declaración de impuesto a la renta de primera categoría, solicitándole al contribuyente que la disminuya haciendo las correcciones, que a su juicio, corresponden hacer tanto en su declaración anual como en su registro FUT. 

En este escenario, nuestros servicios apuntan a brindar una asesoría integral a estas empresas, para defender la corrección de la configuración de la pérdida tributaria que fue declarada, ofreciendo a nuestros clientes vías de impugnación administrativa respecto de estas resoluciones emitidas por el Servicio de Impuestos Internos, intentando superar estas diferencias sin llegar a la necesidad de plantear un reclamo tributario. 

 

Liquidaciones de impuestos en que el SII pretende el cobro de diferencias en contra de la compañía

Una liquidación, según lo ha definido la propia autoridad tributaria, es toda determinación de impuestos que el Servicio hace a los contribuyentes, incluyendo aquellas determinaciones que se hacen sobre la base de tasaciones. En estas determinaciones debe indicarse el monto de los tributos adeudados y, cuando proceda, el monto de las multas en que haya incurrido el contribuyente.

En este escenario, la pretensión fiscal se materializa en una imputación directa de cobro, por una eventual falta de declaración o por aplicación de una base imponible, que a juicio del Servicio de Impuestos Internos es inferior a la que correspondía aplicar al caso concreto.

Frente a este tipo de situaciones, nuestra labor consiste en asesorar al cliente en la impugnación administrativa de tales liquidaciones, intentando evitar llegar a una judicialización de la discrepancia con la autoridad tributaria.

 

Juicios de reclamaciones tributarias

Cuando las vías administrativas, que nuestro ordenamiento tributario contempla para superar las discrepancias que pueden darse entre los contribuyentes y la administración tributaria, se agotan sin que existan puntos de encuentro entre ambas, nuestra legislación contempla distintos procedimientos judiciales para garantizar que los derechos de los contribuyentes sean debidamente tutelados.

En efecto, con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.322 que fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera, se consolidó una esperada reforma al sistema de juicios entre los contribuyentes y la administración tributaria y aduanera, puesto que los nuevos Tribunales fueron creados para que jueces independientes, pudiesen resolver las diferencias que se susciten con la administración tributaria, en todos aquellos ámbitos en que pueden darse.

En este escenario, asumimos la defensa de nuestros clientes, en juicios tributarios en las diversas materias en que ellos se producen, desde la preparación de las acciones que se ejerzan, pasando por la preparación y revisión de los sustentos de la declaración impugnada por el Servicio de Impuestos Internos, hasta el término de los procesos en que se ha intervenido. 

 

Solicitudes de condonación y celebración de convenios de pago

Nuestra legislación contempla diversos mecanismos para obtener que los contribuyentes puedan acceder a condonaciones de intereses y multas, respecto de las diferencias de impuestos que por diversas razones se vean en la obligación de pagar.

En este punto, nuestros equipos asesoran a nuestros clientes en la elección del mecanismo de condonación que resulte de mayor provecho para su situación particular, en la preparación de la solicitud y en el seguimiento mismos del proceso, para obtener la mayor rebaja del cobro que resulte posible en cada situación. 

De igual manera, se apoya al cliente en la celebración de convenios de pago en los casos en que esto resulte conveniente. 

 

Peticiones de devolución de impuestos

Dada la complejidad de nuestro ordenamiento tributario, existen mecanismos para obtener la restitución de parte del Fisco de aquellas sumas pagadas indebidamente como consecuencia de errores propios de los contribuyentes, o de sumas pagadas doblemente, o de aquellas que han sido enteradas en exceso o indebidamente por diversas razones.

En estos casos, KPMG asesora a nuestros clientes para lograr, en los menores tiempos posibles, la restitución de dineros que no deberían estar en poder del Fisco.

 

Cobros indebidos de patentes municipales 

En virtud del artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales, el ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquiera otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patente municipal.

Sin embargo, existen situaciones en que los cobros se realizan en situaciones que no corresponden, o sobre bases inadecuadas o después de los periodos en que la Ley les permite realizarlos.

En estos casos, nuestra laboral consiste en apoyar a nuestros clientes, para que al amparo de la Ley de Rentas Municipales, o bien no se le cobre una patente que no corresponde, o si esto resulta procedente se realice sobre una correcta base de cálculo y, por otro lado, se brinda asesoría para impedir el cobro de cuotas prescritas cuando ello resulte ajustado a derecho. 

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